Esta NIA facilita al auditor el diseño y aplicación de procedimientos de confirmación externa para obtener evidencia de auditoría fiable y relevante.
Estos procedimientos de confirmación externa se utilizan para confirmar o solicitar información referente a saldos de cuentas, términos de acuerdos, contactos o transacciones.
Podemos encontrarnos con los siguientes tipos de confirmaciones:
Confirmaciones positivas
Se envían datos y se pide que contesten, tanto si están conformes como si no lo están. Se utiliza preferentemente para el activo.
Confirmación indirecta, ciega o en blanco
No se envían datos y se solicita información de saldos, movimientos o cualquier otro dato necesario para la auditoria. Generalmente se utiliza para el pasivo.
Confirmación negativa
Se envían datos y se pide que nos contesten únicamente si no están conformes. Generalmente se utiliza para el activo.
La NIA 505 en su apartado A.11 nos habla sobre la fiabilidad de las respuestas a las solicitudes de confirmación, explicándonos que todas las respuestas conllevan algún riesgo de interceptación, alteración o fraude independientemente de que la circularización sea en papel, soporte electrónico u otro medio.
El apartado A.12 nos explica que estos riesgos se pueden mitigar mediante la utilización por el auditor y por el que contesta de un proceso que cree un entorno seguro para las respuestas recibidas electrónicamente.
Apartado A.24 “evaluación de la evidencia obtenida” nos orienta como clasificar dichos resultados de la forma siguiente:
- Una respuesta de la parte confirmante adecuada que indica su acuerdo con la información contenida en la solicitud de confirmación.
- Una respuesta considerada no fiable
- La falta de contestación
- Una contestación en disconformidad
Resaltamos que ante una posible negativa de la dirección a que el auditor envíe una solicitud de información, deberíamos seguir los siguientes procedimientos:
- Indagar sobre los motivos de la dirección para ello, y buscar evidencia de auditoría sobre la validez y razonabilidad de tales motivos.
- Evaluar las implicaciones de la negativa de la dirección sobre la valoración por el auditor de los correspondientes riesgos de incorrección material, incluido el riesgo de fraude, y sobre la naturaleza, el momento de realización y la extensión de otros procedimientos de auditoría
- Aplicar procedimientos de auditoría alternativos diseñados con el fin de obtener evidencia de auditoría relevante y fiable.
Si concluimos que la negativa de la dirección no es razonable, o no se puede obtener evidencia de auditoría relevante y fiable mediante procedimientos de auditoría alternativos, se pondrá en contacto con los responsables del gobierno de la entidad (NIA 260) y determinará las implicaciones de estas circunstancias sobre la auditoría y opinión (NIA 705).
Elena Pérez
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